Términos y condiciones

Nombre de la Promoción:
Dino y Sus Amigos
ARTÍCULO 1: PROMOTOR. Esta promoción es realizada por la sociedad comercial INDUSTRIA NACIONAL ALIMENTICIA, SOCIEDAD ANÓNIMA, una sociedad debidamente constituida por las leyes de la República de Guatemala, con domicilio social en la treinta y tres (33) calle, número seis guion treinta y cuatro (6-34), zona once (11), Colonia Las Charcas, Guatemala; en conjunto con la sociedad DISTRIBUIDORA INTERAMERICANA DE ALIMENTOS DIASA S.A., sociedad con cédula jurídica 3-101-230338, con domicilio en Heredia, San Francisco, 400 metros norte del cruce del Real Cariari, contiguo a Metalin, la cual ejecutará la promoción en el territorio costarricense, (en lo adelante, EL PROMOTOR).
ARTÍCULO 2: PARTICIPANTES. Los concursantes, deben ser residentes legales de la República de Costa Rica y contar con plena capacidad jurídica para actuar, (en lo adelante “Los Participantes” o “El Participante”). El participante ganador, obligatoriamente deberá presentar su documento de identificación: Nacionales: Cédula de identidad vigente o TIM (Tarjeta de Identificación de Menores) y Extranjeros: Pasaporte o cédula de residencia (DIMEX) para reclamar su premio. De no contar con tal documento vigente, perderá el derecho a reclamar el premio. En caso de que el ganador sea menor de edad, para reclamar su premio será necesario la presencia de alguno de sus padres o tutor legal, quien deberá presentar su Cédula de Identidad original y el acta de nacimiento del menor. El participante ganador deberá cumplir y aceptar los requisitos establecidos en el presente reglamento. No podrán participar en este concurso los empleados de EL PROMOTOR, ni sus familiares hasta segundo grado de parentesco ni sus cónyuges. Tampoco podrán participar
empleados de las publicitarias ni suplidores relacionados a la promoción tales, pero sin limitar a: Güd Projects S.A., cedula jurídica número 3-101-732313, ni sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.
ARTÍCULO 3: Dinámica del Concurso y Generalidades:
3.1 “Dino y Sus Amigos” es una dinámica de alcance nacional en la que los consumidores (en adelante, “Los Participantes” o “El Participante”) deberán adquirir los paquetes de Galletas Dino en sus presentaciones de 48 gramos (chocolate, vainilla, dúplex) y/o de 32 gramos (chocolate o dúplex), identificados con el empaque especial que muestra el logo de “Dino y Sus Amigos” y explica los pasos para participar en la promoción “Colecciona los 25 stickers, completa tu álbum y participa” siendo esos los productos participantes. Cada paquete incluirá un sticker. Son un total de veinticinco (25) stickers diferentes, disponibles y aplicables en esta dinámica.
Para participar en la dinámica, Los Participantes deberán seguir estos pasos:
1. Completar el álbum con los 25 stickers, el cual estará disponible en puntos de venta identificados con esta dinámica y/o en www.galletasdino.com.
2. Una vez completado el álbum, Los Participantes deberán tomar una fotografía del mismo, evidenciando de forma clara y legible, los veinticinco stickers, procediendo a enviar la fotografía al número de WhatsApp: +506 7049-5466 de la empresa Güd Projects S.A., agencia de mercadeo encargada de gestionar esta dinámica en Costa Rica. Dicha agencia, verificará que la imagen enviada por Los Participantes cumpla con los 25 stickers solicitados y que la información suministrada, sea conforme y esté correcta. Solo de esa manera, quedará inscrito para participar en los sorteos semanales que se realizarán durante enero y febrero de 2025. La fecha máxima para enviar la fotografía es el 19 de febrero, 2025. La agencia podrá solicitar nombre completo, número de identificación y lugar de residencia del participante al momento de enviar la fotografía.
3. Los ganadores serán contactados al mismo teléfono, con que el participante, envió
la imagen del álbum. Se dará un espacio de dos semanas calendario para que el ganador conteste el mensaje. Sino contesta al cabo de ese plazo ya sea porque el número de teléfono cambió o desinterés, se seleccionará a otro ganador. Para coordinar la entrega de sus premios, mediante la empresa Güd Projects S.A., agencia de mercadeo encargada de gestionar la entrega de premios a los ganadores, mismos que se entregarán en la siguiente dirección: San José, Rorhmoser Nunciatura, del restaurante antojitos cien metros al norte, veinticinco oeste, edificio Bristol #3. Se atenderá en horario de lunes a viernes de 10:00 am a 4:00 p.m. En la comunicación con Güd Projects S.A., se les proporcionará siempre el siguiente correo electrónico como forma de soporte: [email protected] y señalamiento expreso si la participación es válida o no, según el participante complete los requisitos.
3.2 Al momento de retirar el premio, deberá presentar un documento de identidad (cédula de identidad, DIMEX, pasaporte, todos en buen estado). En caso de ser el ganador un menor de edad deberá presentarse con su padre o madre o bien tutor, lo cual deberá ser acreditado por medio de certificación de nacimiento que podrá ser física o digital. Previo a la entrega del premio, se deberán firmar las actas de entrega del premio y finiquitos que Güd Projects S.A., les suministre.
3.3 Al momento de ser entregado el premio, la empresa de publicidad o bien EL PROMOTOR, puede hacer toma de fotografías de los ganadores, para publicarlos en los medios digitales propios y aportar a la comunicación de la promoción.
3.4 El detalle del premio expresado en valor unitario es de cuarenta premios de ciento cincuenta mil colones costarricenses exactos (CRC 150.000,00) en efectivo.
3.5 Solo habrá un premio por persona ganadora. Si una persona participa en un sorteo y no resulta ganadora, su participación seguirá siendo válida para el siguiente sorteo. Aquellos participantes que resulten ganadores serán excluidos de futuras listas de posibles ganadores, a menos que hayan completado un nuevo álbum. Los resultados de los sorteos serán publicados en www.galletasdino.com y en el perfil de Instagram de Galletas Dino @galletasdino.
ARTÍCULO 4: RESTRICCIONES: Los premios no serán transferibles ni podrá ser requerido el cambio de las especificaciones de este, o su sustitución por el equivalente en dinero. La persona deberá mostrar el sticker ganador al momento de recibir el premio. El ganador
obligatoriamente deberá presentar su documento de identificación: Nacionales: Cédula de identidad vigente y/o TIM (tarjeta de identificación de menores) Extranjeros: Pasaporte o cédula de residencia para reclamar su premio. De no contar con tal documento vigente, perderá el derecho a reclamar el premio. Para reclamar el premio y ser declarado ganador, es obligatorio que el ganador firme el documento de adhesión a las cláusulas del presente reglamento, así como los recibidos de aceptación y relevos de responsabilidad que
proporcionará la agencia publicitaria. Si el ganador no acepta el premio o bien se niega a firmar los documentos, el premio se tendrá por renunciado y extinguido en relación con el ganador y no le asistirá derecho a reclamar total o parcialmente indemnización alguna. La responsabilidad de El PROMOTOR, de la presente dinámica, finaliza con la entrega del premio al participante ganador. El presente reglamento no obliga a EL PROMOTOR, con determinada persona o colectividad, solo con quien acepte los términos y condiciones del presente reglamento y sus eventuales modificaciones y únicamente en cuanto a lo señalado en este reglamento. Ninguna disposición de la dinámica se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante de la dinámica, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de EL PROMOTOR. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento, finalizará la relación entre las partes en su totalidad. Los gastos en que incurra el ganador para reclamar su premio serán sufragados única y exclusivamente por este.
ARTICULO 5: PERIODO DE VIGENCIA:
La dinámica comenzará el primero (01) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) y finalizará el treinta y uno (31) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Los premios deberán ser retirados por los ganadores a más tardar el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veinticinco (2025). En caso de que, al cumplirse la fecha límite para el retiro, haya premios sin reclamar, Galletas Dino tendrá la facultad de disponer de ellos a su criterio y conveniencia. Los productos participantes, detallados en el acápite 3.1 del presente reglamento, se comenzarán a comercializar el primero (01) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024), sin embargo, los sorteos comenzarán hasta enero del dos mil veinticinco (2025). Se realizarán 6 sorteos durante enero y febrero del año dos mil veinticinco (2025), a saber:
– Sorteo #1: 16 de enero del dos mil veinticinco (2025) / 7 ganadores
– Sorteo #2: 23 de enero del dos mil veinticinco (2025) / 7 ganadores
– Sorteo #3: 30 de enero del dos mil veinticinco (2025) / 7 ganadores
– Sorteo #4: 6 de febrero del dos mil veinticinco (2025) / 7 ganadores
– Sorteo #5: 13 de febrero del dos mil veinticinco (2025) / 6 ganadores
– Sorteo #6: 20 de febrero del dos mil veinticinco (2025) / 6 ganadores
Esos sorteos se realizarán en modalidad virtual, mediante sesiones de Microsoft Teams, que a continuación se dirán. Estas sesiones serán grabadas en tiempo real y posteriormente serán subidas a galletasdino.com y a Instagram (@galletasdino)
Sorteo #1: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_NjRjNTliOTUtNjQ2Ny00ZDJiLTg5NDAtODQwNTM3ZmIyNGJk%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2242ced7fa-2a98-4ee2-b504-c5d0896d07f3%22%2c%22Oid%22%3a%226cb77e32-0ebe-4c05-8ee2-78d9cef4e550%22%7d
Sorteo #2: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_NTdhMDU5M2YtMjhhYy00N2YyLTk2NDAtODg3OTc3MjZmMTBj%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2242ced7fa-2a98-4ee2-b504-c5d0896d07f3%22%2c%22Oid%22%3a%226cb77e32-0ebe-4c05-8ee2-78d9cef4e550%22%7d
Sorteo #3: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_MmRmNjE1NDctNzFlMS00YWMzLTljNTAtMzFjOWFlMmY3NDc0%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2242ced7fa-2a98-4ee2-b504-c5d0896d07f3%22%2c%22Oid%22%3a%226cb77e32-0ebe-4c05-8ee2-78d9cef4e550%22%7d
Sorteo #4: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_NGVjZjMwOTktMThlYy00NzllLTgwYzQtZjlmODIyMTg2YzQ4%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2242ced7fa-2a98-4ee2-b504-c5d0896d07f3%22%2c%22Oid%22%3a%226cb77e32-0ebe-4c05-8ee2-78d9cef4e550%22%7d
Sorteo #5: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_ZDk4NzYxZDctYzUyOS00OGU0LTliOWQtZDQyNmZjZDE0Nzgx%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2242ced7fa-2a98-4ee2-b504-c5d0896d07f3%22%2c%22Oid%22%3a%226cb77e32-0ebe-4c05-8ee2-78d9cef4e550%22%7d
Sorteo #6: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting_MDllYWZjMjctYzVmMy00MzdhLWIyNWEtOTg2YTkxOGQ2MDhi%40thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%2242ced7fa-2a98-4ee2-b504-c5d0896d07f3%22%2c%22Oid%22%3a%226cb77e32-0ebe-4c05-8ee2-78d9cef4e550%22%7d
ARTÍCULO 6: MODIFICACIÓN DE LAS BASES. El PROMOTOR, podrá modificar las presentes Bases, siempre y cuando no se altere la esencia del concurso y no implique disminución alguna del programa de premios de este. Deberá publicar las modificaciones en los medios destinados para tal fin con el propósito de una correcta publicidad.
ARTÍCULO 7: AUTORIZACIÓN USO DE IMAGEN.
Los Participantes otorgan su consentimiento para la difusión de su imagen con motivo de la presente promoción desarrollada por EL PROMOTOR, en programas de TV, publicaciones de prensa, publicaciones de revistas, vallas, internet, publicidad exterior, material en puntos de venta y material promocional, durante el período de vigencia de la promoción y por el plazo de seis meses a partir de su finalización. Sin perjuicio de lo anterior, por el sólo hecho de participar en la promoción descrita en estas Bases y por aceptarla, los Participantes que resulten ganadores autorizan EL PROMOTOR, a utilizar su nombre, apellido y su imagen (fotografía) en cualquier medio de comunicación, impreso o digital, incluyendo internet; sin que los Participantes puedan reclamar derecho alguno o compensación por su exhibición o reproducción por cualquier medio. EL ganador autoriza a ser grabado durante la entrega del premio y/o la toma de fotografías para poner
estas a disposición de publicación o difusión en diferentes redes sociales de EL PROMOTOR y/o medios de comunicación.
ARTÍCULO 8: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. En caso de fuerza mayor o caso fortuito que genere alguna imposibilidad para llevar a cabo la promoción o para continuar con la misma, por causa justificada, EL PROMOTOR, podrá suspender definitiva o transitoriamente
esta promoción, notificando a los participantes por los mismos medios de comunicación utilizados oportunamente para el lanzamiento de la dinámica, sin que ello genere derecho alguno o reclamo de parte de los Participantes.
9. ARTÍCULO 9: EXCENSIÓN DE RESPONSABILIDAD. EL PROMOTOR, no se hace responsable de ningún daño o pérdida (directa, indirecta o consecuente) ocasionados a cualquiera de los ganadores, familiares o cualquier persona debido a o en relación con el uso o mal uso de los premios una vez estos sean entregados. Toda obligación para con el ganador de los premios por parte de EL PROMOTOR, cesa totalmente al momento de la entrega de los premios. El ganador, al participar en la promoción, acepta libre y voluntariamente todas las condiciones de la promoción. EL PROMOTOR, es responsable únicamente por la entrega del premio indicado y por la aplicación de este reglamento. El ganador del premio será responsable del uso y disfrute que le dé al mismo. Al entregarse el premio, el ganador libera
a EL PROMOTOR copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta dinámica, así como a sus ejecutivos, empleados, representantes o agentes por cualquier daño que surja directa o indirectamente como consecuencia de su participación en la
promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro y disfrute del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la promoción. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad de EL PROMOTOR, sus agentes y empresas conexas por: a) Gastos incurridos para participar en la promoción; b) Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción; c) Daños sufridos a la integridad o bienes de los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de esta dinámica o durante el disfrute del premio, d) El ganador, al firmar el recibo de su premio manifiesta su conformidad y exime de toda responsabilidad al EL PROMOTOR.
ARTÍCULO 9: ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y LEGISLACIÓN APLICABLE. La participación en la promoción implica el conocimiento y la aceptación por parte de los Participantes de las Bases contenidas en el presente documento. Las bases del concurso estarán disponibles a
solicitud de cualquier interesado en galletasdino.com La dinámica se rige por las leyes de la República de Costa Rica.




